El IEE pronostica pérdidas del 10%
IDIOMA_FWK_FECHA_FORMATO_DIA_LARGOFuente: hosteleriadigital.es - FEHR
La hostelería es un sector estratégico para la economía española, que cuenta con una participación en el PIB nacional por encima del 7%. Además, emplea al 7,2% de la población total en España, lo que supone millón y medio de empleados.
El Instituto de Estudios Económicos ha presentado un informe sobre el impacto económico en el sector hostelero con la entrada en vigor, el próximo año, de la ampliación de la ley contra el tabaquismo que prohíbe fumar en la totalidad de los espacios públicos cerrados. La hostelería es un sector estratégico para la economía española, que cuenta con una participación en el PIB nacional por encima del 7%. Además, emplea al 7,2% de la población total en España, lo que supone millón y medio de empleados. Este sector está sufriendo gravemente la crisis con un efecto de pérdida desde 2008, reducción de ventas del 13,4%, que ha llevado consigo una caída de la actividad del 4,5% y del empleo del 2%. Pues bien, en el estudio se concluye que, de implementarse la ley en sus términos inicialmente contemplados, el sector sufriría un ajuste adicional de ventas del orden del 10%, en el escenario más probable, que llevaría consigo una reducción de su producción del 3% y una pérdida de empleo del 3,5%.
La tendencia actual en nuestro entorno más cercano, en lugar de instaurar prohibiciones, es la de retroceder y/o flexibilizar las mismas. Así sucedió entre otros, en Eslovenia, país en el que hubo un intento fallido de cambiar la legislación en enero de 2008. Del mismo modo, en los Países Bajos, tras aprobar el Tribunal Supremo, en febrero de 2010, la aplicación de la prohibición de fumar también en los locales pequeños sin personal contratado, se generó un rotundo rechazo por parte de las asociaciones de bares de reducida dimensión. En concreto, éstas denunciaron la situación de competencia desleal que supone dicho fallo respecto a los grandes locales, los cuales disponen de mayores recursos económicos para la adaptación de las salas para fumadores. Bélgica, tras aprobar el Senado una prohibición general, ha impuesto la vuelta hacia prohibiciones parciales, permitiéndose fumar en los bares que no sirvan comida. En Polonia se planteó una iniciativa parlamentaria para adaptar la prohibición total, que ha sido desestimada por la Cámara Baja del Parlamento, aprobando una regulación acorde con el “modelo español” vigente hasta el momento. Mientras, en la República Checa se modificó la medida y ahora son los propietarios de los locales los que deciden si está permitido o no fumar en los mismos. Los excepcionales casos de países que han instaurado normativa prohibicionista, como son los de Irlanda y el de Reino Unido, son la mejor evidencia empírica de los perniciosos efectos sobre las ventas, la actividad y el empleo de la prohibición del consumo de tabaco en los establecimientos de hostelería, por lo que han de interpretarse siempre como experiencias que se deben evitar.
Transcurridos cuatro años desde la entrada en vigor de la Ley 28/2005, se ha demostrado la efectividad de la lucha contra el tabaquismo, tanto en lo que se refiere a la prohibición de fumar en lugares públicos como en las medidas encaminadas a potenciar la deshabituación del tabaco y el objetivo de erradicar, a medio y a largo plazo, el hábito de fumar. Así, se han reducido la prevalencia de consumo diario de tabaco y la mortalidad por tabaquismo, la exposición al humo ambiental se ha reducido en todos los ámbitos del 50% al 20%, desde el 2005, y en España el sector de la hostelería ha colaborado activamente en ello con la habilitación de más del 50% de la superficie de estos establecimientos como espacios sin humos (en muchos casos, mediante la realización de costosas obras de adaptación, según exige la normativa), cuando no llegaban anteriormente ni al 0,5%. Por lo tanto, la ley actual ya está siendo eficaz en sus cometidos, lo que, a su vez, es otro aval que desaconseja la instauración de la normativa analizada en el estudio, entendiendo que la regulación debe siempre intentar ponderar los costes que incorpora en términos marginales, que aquí son muy elevados, en relación con los pretendidos beneficios que persigue, que en la actual coyuntura son inexistentes o en el mejor de los casos, muy reducidos.
Este informe refleja que las políticas públicas que suponen un intervencionismo radical en contra de la soberanía del consumidor y de la libertad de elección del individuo, pueden generar efectos económicos perversos por ir en contra de la libertad de empresa. Así, siempre que exista un derecho de propiedad claramente definido sobre el aire del lugar, nadie mejor que su dueño, es decir, el propietario del restaurante, bar, cafetería… para decidir cómo, dónde y cuándo se puede fumar, ya que, obviamente, es el más interesado en maximizar el bienestar de sus clientes, pudiendo libremente compensar a sus trabajadores por tener que inhalar humo ambiental y siendo libres éstos de aceptar tal compensación o de cambiar de trabajo.
La intrusión en la esfera del ámbito privado que pueden suponer estas políticas intervencionistas de control del tabaquismo, que van más allá de informar y de advertir sobre los peligros del tabaco y la regulación de la venta a menores, atentan no sólo contra la soberanía del consumidor sino también contra la libertad de empresa. Desde una perspectiva amplia de bienestar social, la mejor política suele ser la de alterar los incentivos, más que prohibir la actividad, lo que en la práctica equivale a que si se parte de la hipótesis de consumo de tabaco es excesivo, es mejor subir los impuestos especiales que lo gravan que prohibir su consumo en determinados ámbitos, ya que ello, más que reducir el consumo de tabaco, lo que va a hacer es disminuir las ventas en hostelería e incitar a actividades con fuertes externalidades negativas como es el llamado ‘botellón’ al aire libre, que ahora tendrá el aliciente añadido y la ventaja artificial de no estar sujeto a ninguna normativa antitabaco.