DESTACADOS
PUBLICIDAD
  • Banner Vega Tolosa
  • Interservi
  • Red de Asesores Tecnológicos
  • www.turismoenalbacete.com

Actualidad

Inicio > Actualidad > Nueva convocatoria de ayudas al autoempleo

Nueva convocatoria de ayudas al autoempleo

IDIOMA_FWK_FECHA_FORMATO_DIA_LARGO
Logo APEHT 40 aniversario

Fuente: APEHT Albacete

La Consejería de Empleo y Economía ha aprobado  para el ejercicio 2016 la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento del inicio de actividad de las personas emprendedoras de Castilla-La Mancha.

NORMATIVA

Orden de 23/11/2016 de la Consejería de Economía, Empresa y Empleo  DOCM 28/11/2016 donde se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de inicio de actividad de las personas emprendedoras de Castilla-La Mancha.

Resolución de 30/11/2016 de la Dirección General de Programas de Empleo DOCM 2/12/2016 por la que se aprueba para el ejercicio 2016 la convocatoria destinada al fomento de inicio de actividad de las personas emprendedoras de Castilla-La Mancha.

PERSONAS BENEFICIARIAS

1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en esta convocatoria las personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, cuando se establezcan como personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia y cumplan, entre otros, los siguientes requisitos:

a) Que hayan causado alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente, dentro del período comprendido desde el 1 de septiembre de 2014 hasta el 31 de octubre de 2016, y en todo caso, antes de presentar la solicitud de subvención.

b) Que hayan figurado inscritos como demandantes de empleo, no ocupados, en el día anterior a la fecha de alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional correspondiente, en una oficina de empleo de Castilla-La Mancha.

c) Que en el momento de presentar la solicitud, realicen la actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

f) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y disponer de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales.

2. No podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en esta convocatoria:

a) Los socios de sociedades mercantiles, cooperativas y sociedades laborales.

b) Los autónomos colaboradores.

OBLIGACIONES

a) Mantener la actividad económica y el alta en el RETA o en la mutualidad del colegio profesional que corresponda, durante al menos un año ininterrumpido a contar desde la fecha de dicha alta.

b) No simultanear la actividad empresarial con cualquier otra actividad por cuenta ajena por un período superior a 60 días dentro del tiempo de obligado mantenimiento indicado en el párrafo a).

CUANTÍAS

Se establecen las siguientes cuantías de subvención:

a) Para proyectos de emprendimiento promovidos por hombres: un máximo de 3.000 euros. Dicha cuantía se incrementará a 3.600 euros cuando el proyecto emprendedor sea promovido por un hombre con discapacidad.

b) Para proyectos de emprendimiento promovidos por mujeres: un máximo de 4.000 euros. Dicha cuantía se incrementará a 4.800 euros cuando el proyecto emprendedor sea promovido por una mujer con discapacidad.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Son gastos subvencionables, los derivados del inicio de la actividad económica de las personas emprendedoras, hasta el límite de cuantía de subvención establecido en el apartado anterior por los siguientes conceptos:

a) Cotizaciones al RETA o mutualidad del colegio profesional correspondiente.

b) Gastos necesarios para obtener la financiación de proyectos, entre otros los de formalización, estudio y constitución de préstamos o avales.

c) Honorarios de notario y registrador.

d) Tasas y licencias municipales.

e) Publicidad, marketing, página web y posicionamiento web.

En ningún caso serán subvencionables los servicios de gestoría administrativa y de asesoría fiscal, laboral y contable.

CONVOCATORIA 2016

El plazo de presentación será desde el 5 de Diciembre hasta el 20 de Diciembre de 2016 mediante forma telemática con firma electrónica a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

En caso de estar interesado en solicitar la subvención o tener alguna duda al respecto, póngase en contacto con esta Asociación.